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Convocatoria de Elecciones de la Hermandad del Amor y de la Paz

SSantaSalamanca

La Hermandad del Amor y de la Paz ha emitido esta mañana el aviso de la convocatoria de elecciones para el próximo 23 de junio después de dictaminarlo D. Carlos López, Obispo de Salamanca.
En la actualidad la junta existente se encuentra en funciones al no poder llevarse a cabo las elecciones convocadas el año pasado debido a las irregularidades existentes en su actuación por parte de una de las candidaturas.


AVISO. CONVOCATORIA DE ELECCIONES

A Salamanca, 2 de mayo de 2018


El Excmo. y Rvdo. Sr. Obispo de la Diócesis de Salamanca, D. Carlos López Hernández, en Decreto de fecha 12 de Abril de 2018, dictamina lo siguiente:

  1. La Junta Directiva en funciones proceda a convocar la elección a Presidente, en conformidad con el procedimiento establecido en los Estatutos. 
  2. El proceso electoral se llevará a cabo por los órganos estatutariamente establecidos y contarán con el asesoramiento imparcial del Presidente de la Junta de Cofradías y la supervisión del Obispo diocesano.


En virtud de ello, y a tenor de lo dispuesto en los Estatutos de la Hermandad del Cristo del Amor y de la Paz, Título VI, Artículos del 15 al 23, se convoca la Asamblea General de Elecciones para Presidente, el sábado día 23 de Junio de 2018, a las 16:45 h., en primera convocatoria y a las 17:00 h., en segunda convocatoria, en el Colegio Sagrada Familia, calle Marquesa de Almarza, nº 1 (Las Siervas de San José), con arreglo al siguiente

ORDEN DEL DIA

1º. Constitución de la Mesa electoral.
2º. Desarrollo del proceso electoral conforme a lo establecido en los Artículos 19 y 20, de los Estatutos de la Hermandad.


INFORMACIÓN IMPORTANTE:

Artº 16.-

1.- Podrán presentarse a las elecciones para Presidente, todos los hermanos que lo deseen siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Los que se exige para ser miembro de la Junta Directiva (ver artículo 12).

b) Tener una antigüedad en la Hermandad desde la última alta de al menos 5 años como miembro, no haber sido sancionado ni tener expediente sancionador abierto por la hermandad, y no formar parte ni haber formado parte de la Junta Directiva de otra Hermandad o Cofradía en los últimos cinco años.
c) Encontrarse al corriente de pago de cuotas y de todas las obligaciones respecto de la Hermandad.

2.- Tendrán derecho a voto todos los hermanos mayores de 16 años y con un año de antigüedad en la Hermandad como tales.

Artº 17.-

1.- Con una antelación mínima de 30 días a la celebración de esta Asamblea Electoral, la Hermandad lo hará público a fin de que, a partir de su convocatoria, indicando día, lugar y hora de la misma, así como el orden del día correspondiente, los hermanos puedan presentar sus candidaturas conforme a lo establecido en estos Estatutos. Y, a estos efectos, expondrá públicamente el censo de hermanos con derecho a voz y voto.

2.- En el momento que se haga pública la convocatoria de elecciones, quedará constituida la Junta Electoral, formada por el representante de la autoridad eclesiástica como Presidente y el Secretario de la Hermandad como secretario electoral.

3.- Desde la fecha de convocatoria de elecciones, hasta veinte días antes de la Asamblea (en este caso el 3 de junio de 2018), se podrán presentar las candidaturas en la Secretaria de la Hermandad, c/ Cabeza de Vaca, nº 22, en horario de apertura todos los martes de 20;30 a 22:00 horas, y los domingos 20 y 27 de mayo, de 20 a 21 horas. Dichas candidaturas se dirigirán en sobre cerrado al presidente de la Junta Electoral, quedando depositadas y cerradas ante el Secretario electoral.

Artº 19.-

1.- La elección se llevará a cabo en la Asamblea General Electoral, presidida por la Junta Electoral, en el momento que se estipule en el orden del día marcado en el artículo 17/1 mediante votación secreta, por medio de papeletas, confeccionadas y proporcionadas por la Junta Electoral del mismo tamaño y color, unas en blanco y otras donde se consignarán las candidaturas. Se considerarán nulas todas aquellas papeletas no oficiales o que alteren su formato o presenten tachaduras o enmiendas.

5.- Se admitirá como modalidad de sufragio el voto por correo, por cuanto facilita la mayor participación de los que de otro modo no podrían hacerlo. Es facultativo de la Junta Electoral que lo haga constar en la correspondiente convocatoria y habilitará los medios necesarios para hacer llegar a todos los hermanos las papeletas con las candidaturas presentadas para poder ejercer su derecho a voto.

6.- La Junta Electoral será la encargada, con coste a la Hermandad, de hacer llegar a todos los hermanos las distintas comunicaciones y/o programas de los distintos candidatos.

El voto por correo lo podrán emitir aquellos que residan fuera de la población donde tiene la sede la Hermandad y los residentes que prevean no poder hacerlo personalmente en el día, hora y lugar previstos, incluyendo en un sobre cerrado únicamente la papeleta de la votación. Este sobre cerrado se incluirá dentro de otro sobre, también cerrado, junto con la fotocopia del DNI del Hermano. El sobre irá dirigido al Consiliario de la Hermandad del Cristo del Amor y de la Paz, c/ Cabeza de Vaca, nº 22. 37004 SALAMANCA y el día 22 de junio, incluido este, será la fecha tope para admitir el voto por correo.

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