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El obispo de la Diócesis de Salamanca aprueba el decreto con las normas de las cofradías

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El documento, de 69 artículos, ha entrado en vigor tanto para las hermandades sacramentales, penitenciales como las de gloria 

El obispo de Salamanca, Carlos López, ha aprobado a través de un decreto las normas de las cofradías de la Diócesis. Cabe recordar que, en las orientaciones de la Asamblea Diocesana, que concluyó en 2016, se indicó la necesidad de crear un marco normativo para las cofradías y hermandades que “ayude y oriente en su renovación espiritual y acción pastoral y contribuya a su inserción eclesial”. 
Por ese motivo fueron elaboradas las normas de las cofradías de la Diócesis de Salamanca, que han sido revisadas y enriquecidas con las aportaciones de la Comisión para la Aplicación de la Asamblea, de las juntas directivas de las cofradías, del consejo pastoral diocesano y del consejo presbiteral. Con la aprobación del decreto, el pasado 28 de junio, han entrado ya en vigor. El texto consta de una introducción, un preámbulo, 69 artículos en 11 capítulos y una disposición transitoria. 
En este documento se reconoce “el inmenso potencial de nuestras cofradías”. Y para orientar mejor su actuar cotidiano, dentro de la Iglesia, “se les ofrece esta nueva regulación”. En estas normas se recuerda que cada cofradía planteará un programa pastoral, “que atienda a la consecución de los fines de evangelización y formación cristiana de sus miembros contenidos en sus estatutos”, y, además, que esté en sintonía con las prioridades pastorales diocesanas e integrado en el plan general de la parroquia o unidad pastoral. Otro objetivo que remarcan es la renovación espiritual de los cofrades, “animando en ellos la participación en la Eucaristía”. 
El primer capítulo está dedicado a las nuevas cofradías, y en los sucesivos se habla del registro de cofradías, la unión especial entre algunas de ellas o la administración de los bienes. En relación a este punto, se indica a las cofradías que confeccionen un inventario de todos los bienes muebles e inmuebles (si los hubiere), de los títulos, derechos y otros bienes posibles. 
Respecto al patrimonio, toda actuación para la conservación y restauración de bienes muebles que tengan valor histórico, artístico o cultural requerirá un informe técnico previo al Servicio Diocesano para el Patrimonio Artístico, y en su caso, de la Delegación de Patrimonio. 
Asimismo, se indica que las cofradías destinarán para obras de caridad un porcentaje de sus ingresos, que orientativamente se fije en el 10% del presupuesto anual, y además, “contribuirán a atender las necesidades de la parroquia o iglesia en ocasión de los cultos realizados en ella”. 
Otro de los capítulos del documento recoge la finalidad de la Coordinadora Diocesana de Cofradías, que integra a todas las cofradías de la Diócesis de Salamanca, y su finalidad es fomentar en todas la conciencia de pertenencia a al Iglesia y a la Diócesis. Entre sus competencias está la de representar a las cofradías en determinadas estructuras diocesanas o comisiones, así como articular la participación activa de las cofradías en las celebraciones y actividades diocesanas; organizar actividades formativas o convocar y desarrollar anualmente la formación obligatoria para los directivos de las cofradías. Esta Coordinadora quedará integrada en la Delegación de Apostolado Laical y su pleno está integrado por el consiliario, el equipo apostólico y dos miembros de cada cofradía. 
Otro aspecto que recogen en estas normas son las procesiones extraordinarias, que para los aniversarios de la cofradía será en múltiplos de 25 años y para las imágenes titulares, de cincuenta.

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